HERALDICA
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Escudos Autonomicos

ESCUDO DE ESPAÑA

El escudo de España se rige por la Ley 33/81 de 5 de octubre de la siguiente manera: "(...)el escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado, de gules o rojo y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas, de sinople o verde. Acompañado de dos columnas de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada de corona imperial, la diestra, y de una corona real, la siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas, una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra". Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo".

 

A continuación, se describe el escusón y la altura y tamaño del escudo en la bandera: "el escudo de España, lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro, puestas dos y una, la bordura lisa, de gules o rojo, propia de la dinastía reinante", y "el escudo de España tendrá una altura equivalente a 2/5 de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de ésta en el centro de la franja amarilla. Cuando la bandera de España tenga la proporción normal, de longitud igual a tres medios de la anchura, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera. Si la longitud fuera menor a la normal o la bandera tuviere la forma cuadrada, el escudo se situará en el centro de la enseña".

 

Otra forma de definir el escudo, quizás más ortodoxa, sería la siguiente: "escudo cuartelado: primero, en campo de gules, un castillo, de oro, almenado, mazonado de sable y aclarado de azur; segundo, en campo de plata, un león rampante, de púrpura, entero, linguado y uñado, de gules y coronado de oro; tercero, en campo de oro, cuatro palos, de guIes, y cuarto, en campo de gules, una cadena, de oro, puesta en orla, cruz y aspa, centrada de una esmeralda, de sinople. Entado en punta, de plata, con una granada, de su color, rajada de gules y tallada y hojada de dos hojas, de sinople. Escusón ovalado, de azur, con tres flores de lis, bien ordenadas, de oro. Bordura del escusón de gules. El escudo va timbrado de una Corona Real cerrada, que es un círculo de oro engastado de piedra preciosas, sumado de ocho florones de hojas de acanto de oro (cinco vistos), interpoladas de perlas de cuyas hojas salen otras tantas diademas, de oro, sumadas de perlas que convergen en un mundo, de azur, con el ecuador y semimeridiano de oro, sumado de una cruz de oro, y la corona forrada de gules. Acompañado de dos columnas de plata, sobre ondas de azur y plata (tres y dos), con basa y capitel, de oro, sumadas, la diestra, de una Corona Imperial de Carlos V (Corona del Sacro Imperio Romano y Germánico), y la siniestra, de la Real de España, y rodeando a cada columna, una cinta de gules con la leyenda «plus» en la diestra y «ultra» en la siniestra, en letras de oro". Aunque no difiere mucho de la descripción oficial, esta segunda definición está más ordenada y se incluye la descripción del escusón dentro de la descripción propia del escudo, y no separada como en la definición oficial, que aparece en un artículo diferente al del escudo.

 

El escudo de España ha conocido diferentes procesos históricos que han ido transformándolo hasta el actual, veamos ahora una breve explicación de estos antecedentes históricos del escudo:

. DINASTÍA TRASTAMARA : El Escudo de los Reyes Católicos (1474-1492) está constituido por las Armas de los Reinos de Castilla, León y los de la Corona de Aragón; a partir de la conquista de Granada, incorporan las armas de este Reino a su escudo.

. DINASTÍA AUSTRIA : En un primer periodo (1504-1506), incorporan las armas de Borgoña, Flandes, Brabante y Tirol. Carlos I timbra el escudo con la corona imperial e incorpora las columnas de Hércules con la leyenda Plus Ultra y acola el escudo con el Toisón de Oro. Felipe II, Felipe III y Felipe IV, así como Carlos II (1556-1700), usan las armas antes mencionadas, sin la corona imperial, incorporando en el 1580 Felipe II, las armas de Portugal.

. DINASTÍA BORBÓN-ANJOU : El escudo de Felipe V (1700-1759), incorpora las lises de la casa de Borbón, con la bordura en gules (rojo), sigue utilizando el Toisón de Oro y añade la Orden del Espíritu Santo en forma de Collar. Carlos III (1759-1788) añade las armas de los Ducados de Parma y Toscana y sustituye la Orden del Espíritu Santo por la que lleva su propio nombre. Carlos IV sigue en la misma línea que su padre.

. DINASTÍA BONAPARTE : José I divide el escudo en seis cuarteles, 1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra, 5º Granada y 6º el nuevo Mundo, representado con las columnas de Hércules y añade de escusón las armas de los Bonaparte.

. DINASTÍA BORBÓN-ANJOU : Fernando VII, vuelve a recuperar el escudo de sus antepasados y su hija Isabel II sigue en la misma línea.

. EL GOBIERNO PROVISIONAL : (1868-1870), bajo dictamen de la Real Academia de la Historia, unifica el escudo de España con los siguientes cuarteles: 1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra y 5º Granada, entado en punta, lo timbra con la corona mural, suprime el escusón con las armas de la Dinastía Borbón-Anjou y coloca las columnas de Hércules, sin coronas.

. DINASTÍA SABOYA : (1870-1873), continúa con el escudo anterior y restablece la corona real y sitúa en el escusón las armas de su familia.

. LA I REPÚBLICA : (1873-1874), restablece la corona mural y suprime las armas de los Saboya.

. DINASTÍA BORBÓN-ANJOU : Alfonso XII y Alfonso XIII, restablecen la corona real y añaden las lises con la bordura de gules (rojo) de su familia y acola el collar del Toisón de oro.

. LA II REPÚBLICA : (1936-1939): vuelve a restablecer la corona mural y suprime las armas de los Borbón-Anjou, utilizando las mismas armas que en la I República.

. LA DICTADURA DE FRANCO : (1938-1975) se utiliza una heráldica semejante a la utilizada por los Reyes Católicos, sustituyendo las armas de Aragón-Sicilia por las de Navarra, se añaden las columnas de Hércules y la divisa "una, grande y libre".

 

ESCUDO DE ANDALUCÍA

Andalucía, como Cataluña, tiene un escudo reglamentado oficial visiblemente diferente al escudo heráldico tradicional. El primero de éstos quedó definido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (B.O.J.A.) de 4 de enero de 1983 de la siguiente forma: "Andalucía tiene escudo propio, que se describe teniendo en cuenta los acuerdos de la Asamblea de Ronda de 1918, como el compuesto por la figura de un Hércules prominente entre dos columnas, expresión de la fuerza eternamente joven del espíritu, sujetando y domando a dos leones que representan la fuerza de los instintos animales, con una inscripción a los pies de una leyenda que dice: "Andalucía por sí, para España y la Humanidad" sobre el fondo de una bandera andaluza. Cierra las dos columnas un arco de medio punto con las palabras latinas "Dominator Hercules Fundator", también sobre el fondo de la bandera andaluza".

 

La definición de este segundo escudo, el escudo heráldico de Andalucía sería la siguiente: "en campo de azur, dos columnas, de oro, rodeadas de una cinta de gules, con la leyenda «non plus» en la diestra y «ultra» en la siniestra, en letras de oro, resaltadas de dos leones, en su color, echados, aculados y resaltados a su vez de un Hércules en pie, al natural, vestido con una piel de león y asiendo con sus manos las guedejas de los leones. Saliendo de columna a columna en arco la leyenda: «Dominator Hércules Fundator», en letras de oro". La historia del escudo de Andalucía se remonta a 1918 y 1931, cuando Blas Infante adopta el escudo glorioso de Cádiz, y lo modifica para que la colectividad andaluza lo asuma como suyo. Desde la Junta de Andalucía no se tiene en cuenta la historia heráldica de su escudo y textualmente lo argumentan de la siguiente manera: "visto desde la perspectiva que da el tiempo transcurrido, su valor de símbolo no depende ya tanto de su ortodoxia heráldica, cuanto de su asunción por el pueblo andaluz. Cuando su colectividad asume y siente como suyo un escudo, entonces lo transforma en imagen viva y compartida en plasmación expresa de un proceso y de unas aspiraciones históricas que él representa y con las que todos se identifican. Es, entonces -y así ha ocurrido en el caso andaluz- su auténtico escudo, al margen de las cuestiones heráldicas formalistas; porque, cuando así sucede, se ha articulado una dialéctica de identidad pueblo/escudo que es la que da su último y decisivo sentido a éste. En consecuencia, el profundo valor del escudo de Andalucía que Blas Infante ideó viene así dado no por su fidelidad a la ortodoxia heráldica, sino por el respaldo popular que lo eleva a la categoría de símbolo de Andalucía que el pueblo andaluz quiere colectivamente edificar". Es decir, que admiten que el escudo andaluz no sigue la ortodoxia heráldica, porque la finalidad última y más importante del escudo es la identificación de este con Andalucía.

 

ESCUDO DE ARAGÓN


La Ley Orgánica 8/1982 de 10 de agosto, reformada en dos ocasiones: Ley Orgánica 6/1994 de 24 de marzo y Ley Orgánica 5/1996 de 30 de diciembre, define el escudo y símbolos de Aragón: "el escudo de Aragón es el tradicional de los cuatro cuarteles, rematado por la corona correspondiente, que figurará en el centro de la bandera".

 

En la Ley 2/1984 de 16 de abril define el uso del escudo aragonés: "el escudo de Aragón es, estructuralmente, un escudo español, cuartelado en cruz, e integrado de los siguientes elementos: primer cuartel, sobre campo de oro, una encina desarraigada, con siete raigones en sus colores naturales, coronada por la cruz latina cortada y de gules. Segundo, sobre campo de azur, cruz patada de plata, apuntada en el brazo inferior y adiestrada en el cantón del jefe. Tercero, sobre campo de plata, una cruz de San Jorge, de gules, cantonada de cuatro cabezas de moro, de sable y encintadas de plata. Cuarto, sobre campo de oro, cuatro palos de gules, iguales entre sí a los espacios del campo. Todo el escudo timbrado de corona real abierta de ocho florones, cuatro de ellos visibles, con perlas, y ocho flores de lis, cinco visibles, con rubíes y esmeraldas en el aro, en proporción con el escudo de dos y medio a seis".

 

El Gobierno de Aragón, en su página web, describe el escudo de una forma más histórica y menos heráldica, describe el significado histórico de cada cuartel: "el Escudo de Aragón, por vez primera atestiguado en su disposición más conocida en 1499, se compone de los cuatro cuarteles que, en la configuración adoptada, se difundieron con predominio sobre otras ordenaciones heráldicas, tendiendo a consolidarse desde la Edad Moderna para arraigar decididamente en el siglo XIX y resultar aprobados, según precepto, por la Real Academia de la Historia en 1921. En la descripción de los cuarteles del Escudo se han seguido los más tradicionales criterios al respecto, en cuanto símbolo que cada uno de ellos es de nuestro antiguo Reino, o de una parte territorialmente importante del mismo. El primer cuartel, siguiendo el modelo más antiguo conservado, de 1499, conmemora al legendario Reino de Sobrarbe; el segundo describe la denominada de antiguo «cruz de Iñigo Arista», considerada como el emblema tradicional del Aragón antiguo; el tercer cuartel sigue a los modelos antiguos, conforme a los cuales la llamada Cruz de San Jorge era considerada como el emblema más específico del Reino de Aragón, en el siglo XIV y el cuarto, que, según los heraldistas, representa el Aragón moderno, recoge las «barras» aragonesas, que constituían el «senyal» del Rey don Alfonso II".

 

ESCUDO DE ASTURIAS


Según la Ley 2/1984 de 24 de abril: "el escudo del Principado de Asturias es rectangular, cuadrilongo y con los extremos del lado inferior redondeados y una punta o ángulo saliente en el centro de dicho lado, con la proporción de seis de alto por cinco de ancho. Trae sobre campo de azur o azul la Cruz de Asturias, que llama de la Victoria, de oro, guarnecida de piedras preciosas de su natural color, y las letras alpha mayúscula y omega minúscula, también de oro, pendientes de sus brazos diestro y siniestro, respectivamente; y en sendas líneas, con letras de oro, la leyenda HOC SIGNO TVETVR PIVS - HOC SIGNO VINCITUR INIMICVS la primera al flanco diestro y la segunda al flanco siniestro. Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro. La corona forrada de gules o rojo".

 

Otra posible definición, no oficial, sería: "en campo de azur, la Cruz de Pelayo, de oro, realzada de piedras preciosas, de gules y sinople y acompañada de las letras alfa en mayúsculas y omega en minúsculas, ambas de oro, pendientes de sus brazos diestro y siniestro, respectivamente. Y en sendas líneas, con letras de oro la leyenda: «Hoc signo tuetur pius hoc signo vincitur inimicus», la primera al flanco diestro y la segunda al flanco siniestro. Al timbre, Corona Real cerrada". Ambas descripciones difieren en cosas como la nominación de la cruz, una la denomina Cruz de Asturias, y la otra Cruz de Pelayo, por ejemplo. Quizás la más correcta definición del escudo heráldico asturiano sería, en este caso, la descripción oficial.

 

ESCUDO DE BALEARES


Oficialmente el escudo de las Islas Baleares está descrito de la siguiente manera: "se adopta como escudo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el que se describe en el apartado siguiente, el cual se declara modelo oficial. Este escudo tendrá los elementos y características siguientes: a) Estará constituido por las cuatro barras rojas en sentido vertical sobre fondo amarillo, cruzadas diagonalmente por una banda azul colocada desde el ángulo superior derecho a la parte inferior opuesta. La anchura de las barras rojas y la de los espacios amarillos serán iguales para unas y para los otros y equivaldrán a la novena parte de la anchura del escudo. La anchura de la banda azul tendrá la proporción de 1,5 respecto de la de las barras rojas. b) Alrededor del escudo se colocarán como adorno unos lambrequines de hojas de acanto de color dorado, de una anchura sensiblemente igual a la de las barras rojas. c) Tendrá la forma del escudo que en heráldica se denomina escudo español. d) Las medidas del escudo estarán en proporción 4/3 por lo que se refiere a la relación altura-anchura". Según la Ley 7/1984 de 21 de noviembre, que publicó el Boletín Oficial de las Islas Baleares (B.O.I.B.) el diez de diciembre de 1984.

 

De este escudo autonómico destaca el adorno que se coloca alrededor, lambrequines de hojas de acanto de color dorado. Sin este adorno, la definición correcta, y mucho más sencilla del escudo sería: "en campo de oro, cuatro palos, de gules, cargados de una cotiza de azur".

 

ESCUDO DE CANARIAS


El escudo canario está correctamente definido en el artículo 6 del Estatuto de Autonomía de Canarias: "Canarias tiene escudo propio, cuya descripción es la siguiente: en campo de azur trae siete islas de plata bien ordenadas, dos, dos, dos y una, esta última en punta. Como timbre una corona real de oro, surmontada de una cinta de plata con el lema "Océano" de sable y como soportes dos canes en su color encollarados".

 

Pero, no es menos acertada esta otra descripción, no oficial, y si más heráldica: "en campo de azur, siete islas, de plata, puestas en cuatro fajas de dos, dos, dos y una. Al timbre, corona Real cerrada. Lleva como tenantes: dos perros, sosteniendo el escudo; y como lema: Océano".

 

ESCUDO DE CANTABRIA


En el Boletín Oficial de Cantabria (B.O.C.) de 9 de enero de 1985 queda definido el escudo cántabro: "el escudo de Cantabria es de forma cuadrilonga, con la punta redondeada de estilo español y el campo cortado. En campo de azur, torre de oro almenada y mazonada, aclarada de azur, diestrada de una nave natural que con la proa ha roto una cadena que va desde la torre al flanco derecho del escudo. En punta, ondas de mar de plata y azur, todo surmontado en el jefe de dos cabezas de varón, cercenadas y aureoladas. En campo de gules, una estela discoidal de ornamentación geométrica, del tipo de las estelas cántabras de Barros y Lombera. Al timbre corona real, cerrada, que es un círculo de oro engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azul o azur, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo".

 

Hay otra versión de este escudo: "escudo cortado: primero, "Armas de Santander": en campo de azur, sobre ondas de azur y plata, un galeón haciéndose a la mar, visto de popa, de oro, habillado de plata y surmontado de dos cabezas de santos, en su color, puestas en faja, y siniestrado de una roca, de plata, moviente del flanco siniestro, sumada de una torre decaedra, donjonada, de oro, de la que pende en su base una cadena, de sable, rota, que cae al río, y segundo, en campo de gules, una estela discoidal, del tipo de las estelas cántabras, de plata. Al timbre, Corona Real cerrada". Las diferencias son notables, como por ejemplo, la definición de la torre que el texto oficial cita con la definición del segundo texto. En este caso, deberíamos saber si desde los organismos oficiales se ha modificado la heráldica del escudo clásico de Cantabria, o la torre es como lo cita el B.O.C.

 

ESCUDO DE CASTILLA-LA MANCHA


El escudo de Castilla-La Mancha es uno de los más sencillos de los que estamos viendo en este estudio heráldico de las autonomías. Según la Ley 1/1983 de 1 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha (B.O.C.L.M.) de 12 de julio, dice así: "el escudo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es partido. En el primer cuartel, en campo de gules un castillo de oro almenado, aclarado de azur y mazonado de sable. El segundo cuartel campo de argento plata. Al timbre, corona real cerrada, que es un círculo de oro engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones, de hojas de acanto, visibles cinco, interpolado de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro sumado de cruz de oro. La corona forrada de gules o rojo". La relación territorial e histórica que han mantenido las dos castillas, que conocemos actualmente, se puede intuir con una rápida visión de ambos escudos heráldicos, tanto de Castilla León como de Castilla-La Mancha, en la que vemos como comparten un castillo de oro almenado, aclarado de azur y mazonado de sable.

 

ESCUDO DE CASTILLA Y LEÓN


El escudo de esta región es el de más fácil asimilación para los desconocedores de la heráldica, ya que, como bien dice el nombre de la comunidad autónoma, el escudo se compone de un par de castillos y un par de leones, pero veamos como lo dice el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C.y L.): "el emblema o blasón de Castilla y León es un escudo cuartelado en cruz o contracuartelado. El primer y cuarto cuarteles: sobre campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur. El segundo y tercer cuarteles: sobre campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro".

 

Por su sencillez, los escudos de las dos castillas -Castilla y León y Castilla-La Mancha- no merecen un estudio heráldico más exhaustivo, pese a que junto con los escudos de los territorios de la antigua Corona de Aragón son los que tienen más historia, o para decirlo con otras palabras, sus escudos son los que se remontan a fechas más lejanas.

 

ESCUDO DE CATALUÑA


El caso de Cataluña es, junto con el de Andalucía, una excepción dentro de la heráldica general y de la adopción por los organismos oficiales de los escudos, podíamos decir, tradicionales. Como hemos visto anteriormente, en el caso del escudo andaluz, aquí también vemos como el organismo oficial representativo de los catalanes, la Generalidad de Cataluña, no adopta el escudo catalán tradicional y rompe con la heráldica.

 

El escudo oficial de la Generalidad es el que se rige por el Decreto 97/1981, reflejado y publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (D.O.G.C.): "el signo de la Generalidad presentará las siguientes características: a) Estará formado por dos óvalos: uno exterior de trazo grueso y uno interior de trazo delgado, con las cuatro barras inscritas y sobrepasando el óvalo interior hasta alcanzar el exterior. b) La relación de los dos ejes de estos óvalos será de 100 para el vertical por 85 para el horizontal. c) En los ángulos, e inscritos dentro del rectángulo imaginario formado por las tangentes verticales y horizontales del óvalo exterior, habrá unos ramilletes de hojas lauriformes, convexas, divididas por el sombreado, con iluminación arriba y a la izquierda y sombra abajo y a la derecha, como si la luz procediera del ángulo superior izquierdo, o primer cuadrante, con una inclinación de 45º". Como observamos, no sigue la definición clásica de la heráldica. Este símbolo de la institución tiene su propia historia: "la Generalidad de Cataluña, institución política integrada por su Parlamento, su Gobierno y su Presidente, posee su propio símbolo llamado Señal de la Generalidad. La Señal de la Generalidad de Cataluña fue introducida y adoptada en la normativa desde 1981. Creada en 1932, según un dibujo original de Bartomeu Llongueras, está formada por un óvalo que tiene inscritos palos rojos sobre fondo amarillo o de oro, enmarcado por ramos de hojas de laurel. Ha sido rediseñada en el "Programa de identificación visual" de la Generalidad, dibujándose de forma simétrica los cuatro ramos para dar lugar a una señal o símbolo totalmente reversible. La aplicación cromática de la Señal se debe limitar básicamente a una tinta roja o negra en la mayoría de las reproducciones. La versión a tres tintas, incorporando el amarillo o dorado, se reserva para casos muy específicos".

 

En la página web de la Generalidad podemos leer lo siguiente: "el escudo de Cataluña es el escudo de los condes-reyes soberanos de Barcelona: fondo de oro con cuatro palos de gules. Se trata de uno de los cuatro escudos más antiguos de Europa, ya que el primer documento en que aparece es un sello del conde Ramón Berenguer IV en el año 1150. Sin embargo, como emblema preheráldico, ya encontramos los palos rojos sobre fondo de oro en los sepulcros románicos de la catedral de Gerona del conde Ramón Berenguer II el Cap d'Estopes (fallecido en 1082) y su bisabuela Ermesinda de Carcasona (fallecida en 1058), esposa del conde Ramón Borrell I. Los condes de Barcelona, soberanos de todo el territorio de Cataluña, también consiguieron, en virtud del matrimonio del ya citado conde Ramón Berenguer IV el Santo con la reina Petronila de Aragón, el reino de Aragón y el condado de Ribagorça. Desde entonces (1137) y hasta 1714, el escudo de los condes de Barcelona, ya con el título de reyes, lo fue también de la denominada Corona de Aragón (formada originariamente por Cataluña y Rosselló, Aragón, Valencia y las Islas Baleares), que luego se extendió por otros países del Mediterráneo (Provença, Sicilia, Cerdeña, etc.). En la actualidad este escudo forma el tercer cuarto del escudo del reino de España". Y podemos ver como sigue sin utilizar el lenguaje heráldico, pese a que nos explica el origen y un poco de historia del escudo de Cataluña, que no es el utilizado por la Generalidad.

 

Si nos ceñimos al estricto lenguaje heráldico, el escudo catalán se define correctamente en una frase: "en campo de oro, cuatro palos, de gules".

 

ESCUDO DE EXTREMADURA


"El Escudo de Extremadura es un escudo con boca a la española. Timbrado en coronel abierto; compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, engastado en piedras preciosas. Escudo medio partido y cortado. En el primer cuartel de oro un león rampante de gules linguado y uñado. En el segundo en campo de gules un castillo de oro mazonado de sable. En el tercero en campo de azur dos columnas corintias de oro rodeadas de una cinta de plata con leyenda «Plus Ultra» cargada de letras de gules. En punta ondas de azur y plata. Sobre el todo un escusón de plata con una encina de sinople fustada", así queda definido uno de los símbolos de Extremadura -el escudo-que aprobó la Junta de Extremadura y quedó reflejado en la Ley 4/1985 de 3 de junio del Diario Oficial de Extremadura (D.O.E.).

 

Vemos otra definición más correcta que la oficial para describir el escudo heráldico extremeño: "escudo medio partido y cortado. Primero, de oro, un león empinado, de gules, linguado y uñado de lo mismo. Segundo, (De Castilla), en campo de gules, un castillo, de oro, almenado, mazonado de sable y aclarado de azur. Tercero, en campo de azur, dos columnas corintias, de oro, rodeadas de una cinta, de plata, con leyenda «Plus Ultra» en letras, de gules. En punta ondas de plata y azur. Sobre el todo, un escusón, de plata, con una encina, de sinople, fustada. Al timbre, Corona Real abierta; compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, engastado en piedras preciosas". La diferencia es mínima, aunque la descripción final de la corona del segundo texto quizás sea más acertada que la del primer texto.

 

ESCUDO DE GALICIA


Antes de observar con detenimiento el escudo gallego veamos qué nos dice la página oficial de la Xunta de Galicia acerca de la historia de su escudo: "cuando la heráldica se extendió por el occidente europeo, el antiguo reino de Galicia estaba integrado ya en la monarquía leonesa y sus reyes usaban sencillamente el león parlante. Esa dependencia fue la causa de que Galicia careciera de un símbolo heráldico entre los siglos XII y XIV. La necesidad de usar una figura que representase a Galicia provocó la aparición del símbolo eucarístico en el escudo por medio de un copón cubierto durante el siglo XV, del cáliz con una hostia encima en el XVI y por la custodia a partir del XVII. Esta figura aparece por un antiquísimo privilegio existente en la catedral lucense consistente en la exposición constante del Santísimo Sacramento a sus fieles. En el Renacimiento, el copón perdió su carácter expresivo y, para insistir en su mensaje, se hizo patente el pan eucarístico y se cambió el copón por el cáliz. La aparición de las cruces en el escudo de Galicia viene de años atrás y surge de las preocupaciones por llenar el espacio vacío. Se eligieron las cruces fundamentalmente por motivos religiosos, siendo las primeras recrucetadas. Fueron seis durante todo el siglo XVII, pero la que terminaba la custodia acabó por hacerse independiente y las siete cruces resultantes fueron identificadas con las cabezas del antiguo Reino de Galicia. Actualmente se caracteriza por su sencillez. El color del campo del escudo será azul desde el siglo XV y en la actualidad las cruces se ponen, con preferencia, de plata. El cáliz aparece en oro fundido a la hostia de plata. Entre los ornamentos exteriores, merece especial atención la corona y la cruz de Santiago. No apareció hasta el XVII porque su uso estaba reservado exclusivamente a los caballeros de la orden. Hoy en día solo se mantiene la corona. Fue en 1972 cuando la Real Academia Gallega adoptó en sesión plenaria el modelo definitivo de este símbolo que actualmente se considera oficial".

 

La definición del escudo heráldico la podemos encontrar en la Ley 5/1984 de 29 de mayo, publicada el 23 de junio en el Diario Oficial de Galicia (D.O.G.): "el escudo de Galicia trae, en campo de azur, un cáliz de oro sumado de una hostia de plata, y acompañado de siete cruces recortadas del mismo metal, tres a cada lado y una en el centro del jefe. El timbre corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas y de sus hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules, o rojo".

 

ESCUDO DE LA RIOJA


Según la Ley 4/1985 de 31 de mayo y publicada el 4 de junio en el Boletín Oficial de La Rioja (B.O.R.), el escudo riojano queda definido: "estructuralmente, un escudo partido, timbrado con la corona real cerrada. En la partición derecha, de oro el campo, la Cruz roja de Santiago alzada sobre el Monte Laturce y flanqueada por dos conchas de peregrino, esmaltadas en plata y silueteadas en gules. En la partición izquierda, sobre campo de gules, un castillo de oro de tres torres almenadas cabalgando sobre un puente mazonado de sable, bajo el cual discurre un río en plata. En la bordura lucen tres flores de lis".

 

Como vemos, el lenguaje que utilizan los organismos oficiales para describir sus escudos no se ciñen al lenguaje ortodoxo heráldico clásico; una forma más correcta para definir el escudo heráldico riojano podría ser: "primero, en campo de oro, una montaña, de sinople, sumada de una cruz de Santiago, de gules, y acompañada de dos veneras, de plata, fileteadas de gules; y segundo, en campo de gules, sobre ondas de azur y plata, un puente de tres ojos, de oro, mazonado de sable y sumado de un castillo, del mismo metal, almenado, mazonado de sable y aclarado de gules. Bordura general de azur con tres lises, de oro, dos en los cantones del jefe y una en punta".

 

ESCUDO DE MADRID


La Comunidad de Madrid es una de las regiones uniprovinciales, junto con Santander y Logroño, que consiguieron régimen de autonomía en el último cuarto del siglo pasado, separándose de Castilla y León. Es por esto, por lo que su escudo heráldico, el que representa a la comunidad, es de reciente creación. Definido en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M.) de 24 de diciembre, dice así: "el escudo de la Comunidad de Madrid consta de un solo cuartel de gules y en él, de oro, dos castillos pareados, almenados, donjonados, aclarados de azur y mampostados de sable, surmontados en el jefe por siete estrellas de plata, colocadas cuatro y tres. Al timbre, corona real cerrada, que es un círculo de oro engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules". La representación de los dos castillos en el escudo heráldico de la comunidad madrileña parece ser que quiere representar la unión histórica de esta comunidad con las dos castillas, Castilla y León y Castilla-La Mancha.

 

ESCUDO DE MURCIA


Según el artículo 4º del Estatuto de Autonomía de la región de Murcia se establece que: "el escudo tendrá los mismos símbolos y distribución que la bandera (cuatro castillos almenados en oro, en el ángulo superior izquierdo, distribuidos de dos en dos, y siete coronas reales en el ángulo inferior derecho, dispuestas en cuatro filas, con uno, tres, dos y un elementos respectivamente; todo ello sobre fondo rojo carmesí o cartagena), con la corona real".

 

Pero, otra vez más, existe una forma más correcta que la oficial: "en campo de púrpura, franco cuartel cosido del mismo esmalte con cuatro torres de oro puestas en dos palos de a dos, y en el cantón siniestro de punta siete coronas reales abiertas de oro puestas 1, 3, 2 y 1".

 

ESCUDO DE NAVARRA


El de Navarra es uno de los escudos que componen el nacional de España. Históricamente está relacionado con una gesta de Sancho VII "el fuerte" durante la batalla de las Navas de Tolosa. Hasta este acontecimiento el rey navarro tenía el mismo escudo actual pero de gules pleno, sin las cadenas, y a partir de la batalla de las Navas de Tolosa adoptó las cadenas sobre su escudo.

 

En el artículo séptimo del Boletín Oficial de Navarra (B.O.N.) hace constar que: "el escudo de Navarra está formado por cadenas de oro sobre fondo rojo, con una esmeralda en el centro de unión de sus ocho brazos de eslabones y, sobre ellas, la corona real, símbolo del Antiguo Reino de Navarra". Aunque cabría precisar más correctamente la definición de este escudo de la siguiente manera: "en campo de gules, cadenas de oro, puestas en orla, aspa y cruz, cargadas en su centro con una esmeralda de su color". Y añadirle que sobre el escudo se sitúa la corona real.

 

ESCUDO DEL PAÍS VASCO


El del País Vasco es un caso similar al de Cataluña o Andalucía, en donde las instituciones no se han ceñido en nada al escudo heráldico clásico que les correspondería históricamente y han adoptado otro escudo según los acontecimientos políticos recientes en cada comunidad autónoma.

 

Así, en el País Vasco encontramos el siguiente escudo heráldico: "escudo partido y entado en punta: primero, en campo de plata, una cruz, de gules, cargada de un árbol al natural y pasantes al tronco dos lobos, de sable, cebados de plata, uno por delante y otro por detrás del tronco. Bordura de oro con ocho aspas, de gules, y segundo, en campo de plata, sobre ondas de azur y plata, tres árboles, de sinople, sobre terrasa de lo mismo y puestos en faja. Entado: en campo de oro, sobre peñas en su color, un castillo almenado, mazonado de sable y aclarado de gules, y saliendo de su puerta un brazo armado, de plata, con una espada en la mano y alzado a su brazo un león rampante, de gules, linguado de lo mismo, y por detrás de la espada una cinta, de azur, con la palabra justicia, en oro"; que corresponde con la descripción del históricamente oficial. El escudo tradicional del País Vasco sería el que corresponde con la adopción de los escudos de las tres provincias vascas: Álava, Guipúzcoa y Vizcaya; y colocados de tal forma que parezca el dibujo del mapa de Euskadi o País Vasco.

 

Pero, el gobierno vasco no adopta este escudo clásico. Se apropia de un escudo que es parecido al clásico y heráldico. Añade un cuartel más, que describe las pretensiones de anexión de la comunidad autónoma Navarra, ya que adopta en este nuevo cuartel el escudo de esta región, "cadenas de oro sobre fondo rojo (.)". Aunque actualmente tan solo aparece el fondo rojo, sin las cadenas, y por tanto hace referencia al escudo de Sancho VII, de Navarra, de 1978 hasta mediados de la década de los ochenta del siglo pasado, el escudo vasco contenía el emblema navarro al completo. Una decisión del Tribunal Constitucional, a instancias del gobierno navarro, obligó a modificar el escudo institucional vasco, y quitó las cadenas de oro, quedándose con el escudo del rey navarro anterior a la batalla de las Navas de Tolosa.

 

A esto último, el escudo institucional, le añade una corona de hojas de roble como símbolo del árbol de Guernika.

 

ESCUDO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA


Según como quedó publicado en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana (D.O.G.V.) del 13 de diciembre de 1984: "el emblema de la Generalitat Valenciana se constituye con la heráldica del Rey Pedro el Ceremonioso, representativa del histórico Reino de Valencia, tal como es blasonado a continuación; escudo: inclinado hacia la derecha, de oro con cuatro palos de gules. Timbre: yelmo de plata coronado; mantelete que cuelga en azur, con una cruz paté curvilínea y fijada con punta aguzada de plata, forrado de gules; por cimera, un dragón naciente de oro, alado, linguado de gules y dentado de plata".

 

Aunque podríamos describir el escudo heráldico valenciano de la siguiente manera: "armas de Aragón (de oro, cuatro palos de gules) en disposición inclinada, timbradas con casco puesto de perfil, coronado y crestado o cimerado con la efigie de un dragón alado", la definición oficial según la Generalidad Valenciana es una buena definición. Cabe decir, de este escudo, que coincide con el de la provincia de Valencia.

 

ESCUDOS DE LAS CIUDADES AUTÓNOMAS DE CEUTA Y MELILLA


El escudo ceutí se describe, según las ordenanzas municipales, como: "escudo de plata y cinco escusones de azur puestos en cruz, y cargado cada uno de cinco bezantes de plata colocados en aspa y una bordura de gules cargada de siete castillos de oro, dos en jefe, dos en flanco y tres hacia la punta, que es el Escudo de Portugal a cuyo Reino perteneció la Ciudad".

 

Básicamente, el escudo de Ceuta, es como el escudo portugués pero con dos modificaciones. La utilización de la corona marquesal, por ser una plaza militar de frontera, y el castillo, que en el escudo de Portugal está en jefe, mientras que en el escudo de la ciudad autónoma está en punta, con el significado -más que probable- correspondiente de ciudad conquistada.

 

El escudo de Melilla se describe en terminología heráldica de la siguiente manera: "en campo de azur, dos calderas jaqueladas de oro y gules puestas en palo, con sus asas gringoladas con siete cabezas de sierpe de sinople. Bordura componada de nueve piezas de Castilla y nueve de León, alternando. Timbre: corona ducal. Cimera: torre de plata sumada de un caballero armado con una daga desnuda en su mano derecha, que representa a Guzmán el Bueno, en actitud de lanzar un puñal desde el castillo de Tarifa. Divisa: en su parte superior, detrás de la cimera, una cinta alada con la leyenda "Preferre Patriam Liberis Parentem Decet" (Preferible la patria libre a que muera un pariente). Sostenes: las columnas de Hércules, con la inscripción "Non Plus Ultra". Al pie del escudo y fuera de él, un dragón de sinople". Este último escudo heráldico tiene referencias a las familias más ilustres y poderosas de la nobleza española, como los Pérez de Guzmán, Medina Sidonia, Condes de Niebla o Señores de Sanlúcar, por ejemplo. En 1913, un Real Decreto del rey Don Alfonso XIII dispuso lo siguiente: "queriendo dar una prueba de mi real aprecio a la Plaza de Melilla, y en atención a los próceres de la Casa Ducal de Medina Sidonia, que fueron los que organizaron la expedición que dio por resultado la conquista de la misma, de la que se titularon Capitanes Generales, y de acuerdo con mi Consejo de Ministros, vengo a conceder a la Plaza de Melilla, el uso del Escudo Oficial de la Casa Ducal de Medina Sidonia". El Real Decreto, que lleva la firma de Don Alfonso XIII, ésta refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, a la sazón Don Álvaro de Figueroa, Conde de Romanones.

Citas  
  “Lo pasado es, de algún modo, necesario, ya que es imposible la no existencia de lo que ha sucedido” – Vico.

“La Heráldica es testimonio de nuestra Historia” – Pierre Deveaux

"El pasado tiene sus códigos y costumbres" - Sócrates

"No hace falta renunciar al pasado al entrar en el porvenir. Al cambiar las cosas no es necesario perderlas." - John Cage

"No perdamos nada del pasado. sólo con el pasado se forma el porvenir." - Anatole France

"El que se vanagloria de su linaje, alaba lo ajeno." - Séneca
 
Autora  
  Noemi de Orella Fernandez

Titulada en Protocolo y RR.II.
 
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